¿Qué empresas están obligadas a tener un Plan de Igualdad?

El Plan de Igualdad es recomendable para todas las compañías con el objetivo de implementar medidas que promuevan la igualdad plena entre hombres y mujeres y el respeto a la diversidad, siendo obligatorio para aquellas:

  • Empresas de entre 50 y 100 personas trabajadoras, a partir del 7 de marzo de 2022.
  • Empresas de más de 100 personas trabajadoras: ya tienen que tener implantado un plan estratégico de igualdad de oportunidades*.
  • Empresas cuyo convenio colectivo así lo disponga.

Además,  existen otras series de obligaciones para  empresas con menos de 50 personas trabajadoras:

  • Deben confeccionar un registro retributivo y actualizarlo anualmente.
  •  Adoptar medidas de igualdad.
  •  Elaborar un protocolo de prevención del acoso y por razón de sexo.

Fases del Plan de Igualdad

FASE I

Puesta en marcha del proceso de elaboración del Plan de Igualdad

Apertura de la negociación y constitución de la comisión negociadora.

FASE 2

Realización del diagnóstico de situación

Recopilación y análisis de datos cuantitativos y cualitativos para conocer el grado de integración de la igualdad entre mujeres y hombres en la empresa

FASE 3

Diseño del Plan de Igualdad

Definición de objetivos, diseño de medidas, establecimiento de indicadores de seguimiento y evaluación, calendario de aplicación, aprobación y registro del plan.

FASE 4

Implantación y seguimiento del Plan de Igualdad

Comprobación del grado de desarrollo de las medidas y valoración de los resultados.

FASE 5

Evaluación del Plan de Igualdad

Valoración del grado de consecución de los objetivos, resultados e impacto que ha tenido el plan en la empresa.

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